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Publicado en marzo 29th, 2017 | por Colaboradores de Locus

Maquiladora hidrocálida condiciona lactancia a trabajadoras

El consultor y especialista en derechos humanos, Rodrígo Olvera Briseño, reveló que a pesar de que desde 1968 existe una tesis jurisprudencial según la cual la lactancia no significa únicamente amamantar, una empresa maquiladora en Aguascalientes exige a sus trabajadoras demostrar con exámenes médicos que su cuerpo produce leche, lo cual además de ser ilegal, es considerado un acto de violencia laboral.

Olvera Briseño, comentó que junto con la organización en pro de los derechos laborales en Aguascalientes, Colectivo Raíz, realizó un análisis del contrato colectivo de la empresa (cuyo nombre se reserva por seguridad), y expresó que la cláusula donde se exige la prueba de lactancia a las empleadas es muy violenta en términos de derecho a la intimidad, a la integridad psicológica y emocional de las trabajadoras.

“Esta cláusula, que es verdaderamente monstruosa, de que para ejercer el derecho al descanso de lactancia, las mujeres deben acudir periódicamente al médico para demostrar que siguen produciendo leche, en términos de derecho a la intimidad, a la integridad psicológica y emocional de los trabajadores es muy violento”, apuntó.

Manifestó que la lactancia no es un derecho laboral más, sino que es un derecho fundamental y se determina como acto de violencia laboral puesto que el requisito de probar que se está lactando ni siquiera está en ley.

Por otra parte, Olvera explicó que esta cláusula, pese a ser ilegal, se apoya en lagunas en la Ley Federal del Trabajo (LFT):

“La LFT dice que en el periodo de lactancia, no pueden ser más de seis meses, pero no dice cuánto es lo menos, tienen derecho al descanso. Y ahí, desde una mirada muy productivista y muy de la vieja forma de ejercer el Derecho; como no está definido cuál es el periodo de lactancia, tú tienes que demostrarme que sigues lactando”.

Finalmente, advirtió que lo mismo pasa con la Ley Local para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Aguascalientes. En ella, indicó, hay una definición estrecha de violencia laboral, solo como negativa a contratar a una persona, a respetar su permanencia o condiciones generales de trabajo, descalificar su trabajo, amenazarla, intimidarla, humillarla, explotarla y discriminarla por condición de género.

Cabe mencionar que esta violación implica responsabilidad no solo de la maquiladora, sino también de autoridades. Sin embargo, será decisión de las trabajadoras tomar alguna acción legal.

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Sobre el autor

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